Reglamento Interno

Reglamento Interno

Serán requisitos imprescindibles para la admisión como socio:

Los datos mínimos obligatorios a cumplimentar en el formulario de inscripción son:

Se establece una cuota de 30€ por año natural independientemente de la fecha del año en la que ingrese el socio. Dicho importe podrá ser modificado por la Junta directiva y publicado con antelación suficiente en las listas de correo de gestión del Club.

El pago de la cuota se realizará en el momento de ingreso del socio y en el primer mes del año para el resto de los socios. Se estable un recargo del 20 % por mora si se sobrepasa en más de un mes el plazo de pago de la cuota, sin perjuicio de la apertura de expediente sancionador si procede.

Obligaciones:

Estar al corriente de pago en la cuotas.

Aceptación y acatamiento de los estatutos y reglamento interno

Recepción de las listas de correo de gestión a través de Internet (socis_club y club)

Aceptación y cumplimiento de las normas de los grupos o áreas de interés a los que pertenezca.

Cumplimiento de la tareas y funciones asignadas y libremente aceptadas.

De los colaboradoresy representantes:

Se establece la figura del tesorero como el socio responsable de la tesorería del Club que será designada por la junta directiva teniendo este cargo la misma vigencia que la junta directiva que lo designó, a la que deberá rendir cuentas cuando le sea solicitado.

Se crea la figura de portavoces de la asociación. Cargo que podrá recaer en cualquier socio dispuesto a asumirlo. Dichos cargos serán designados por la junta directiva a la que rendirán cuentas. Será competencia de los portavoces la asistencia a reuniones y la representación con voz pero sin carácter decisorio en eventos para los que sean designados.

De los grupos de trabajo y áreas de interés:

Los grupos de trabajo y áreas de interés serán creados y mantenidos a instancias de los socios interesados en ello, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

Se elegirá un responsable, (que representará y rendirá cuentas ante la junta directiva y asambleas generales), por mayoría simple de los socios que compongan el grupo o área de interés.

Un grupo o área de interés se crea cuando lo propongan un mínimo de 5 socios y siempre que esté en concordancia con los objetivos generales del Club. Una vez creado el grupo o área de interés, elegido su responsable y establecidos sus objetivos y funcionamiento, se pondrán en conocimiento por escrito o correo electrónico (en las áreas de gestión del Club), suscritos o firmados por la totalidad de los miembros del grupo o área de interés.

Cualquier socio podrá pertenecer libremente a a todos los grupos o áreas de interés en los que esté interesado, sin mas limitación que cumplir con los objetivos para los que han sido creados y respetar las normas que los rijan. La normativa y funcionamiento interno de los grupos o áreas de interés serán decididos por mayoría simple de los socios que lo compongan. Se rendirán cuentas de las actividades, normativa, funcionamiento, responsables, etc. en la asamblea general ordinaria.

La junta directiva o las asambleas generales, vigilarán el cumplimiento de los fines y objetivos para los que fueron creados los grupos o áreas de interés, pudiendo llegar a suspender o disolver los mismos en caso de grave incumplimiento de sus fines y normativa, o por ir en contra de los estatutos o reglamento interno del Club.

De las Asambleas Generales:

Las asambleas generales se entenderán convocadas por escrito si se hace mediante papel o por Internet, en las listas de correo de gestión que el Club tenga establecidas en ese momento, que son de obligada recepción para los miembros del club.

Se establece que el plazo mínimo entre la primera y la segunda convocatorias de las asambleas generales pueda ser inferior a las 24 horas, pero nunca a los 30 minutos, siempre que se indique en la convocatoria de ambas asambleas.

La asamblea general extraordinaria se reunirá tal como indica el Articulo 7, de los estatutos a instancias de la Junta Directiva. O bien a instancia de un determinado numero de socios que mediante este reglamento se establece en un 25% de los socios en activo, no pudiendo ser su numero inferior a cinco.

Del expediente sancionador:

Causas del inicio del expediente sancionador

De las Subvenciones:

Las subvenciones se entenderán como ayudas procedentes de entes públicos, entidades financieras, colaboraciones desinteresadas de personas físicas o jurídicas o procedentes de la colaboración en manifestaciones, eventos, actos culturales o educativos, en sintonía con los fines de la asociación.